Cafayate, 08 de Agosto de 2009.
Honorable Concejo Deliberante de Cafayate
Sra. Presidenta del Concejo
Dra. Azucena Cisneros de Lávaque
S........................../............................D
Por la presente nos dirigimos a Ud. y por su intermedio a todos los miembros de este cuerpo deliberativo a fin de solicitar que el Concejo Deliberante de Cafayate RECHACE
Nuestro pedido se fundamenta en que, si bien como ciudadanos comunes no somos expertos en asuntos legales, según comprendemos, dichas resoluciones carecen de legalidad pretendiendo excluir a algunos municipios del cumplimiento de la ley provincial 7070, la cual rige en todo el territorio provincial, e imponen un sistema de discriminación lesionando nuestros derechos como ciudadanos. Si bien en el mapa publicado en el Boletín Oficial no se entiende a cual zona pertenece Cafayate, consultando el Ordenamiento Minero propuesto por
A los fines de explicar nuestro planteo citamos a continuación algunos párrafos de dichas resoluciones agregando nuestras respectivas observaciones:
Resolución Nº 201/09 del día 01-07-2009
MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO – Expediente Nº 143-31.901/08
RATIFICA RESOLUCION Nº 130/09 - ESTABLECE ZONIFICACION PARA
Salta, 13 de Mayo de 2009
RESOLUCION Nº 130 – Secretaría de Minería - Expediente Nº 143-31.901/08
VISTO que resulta necesario implementar políticas mineras, a largo plazo, que garanticen un crecimiento armónico, productivo y sustentable en cada una de las regiones que conforman
CONSIDERANDO:
Que los distintos ecosistemas, los diversos recursos hídricos, las diferentes zonas productivas, la aptitud agropecuaria de los suelos y el potencial geominero del territorio provincial, hacen indispensable una zonificación territorial para la prospección y exploración geológica minera que brinde seguridad a los inversores y confianza a las comunidades donde se desarrolle la actividad minera;
Observación:
· ¿no sería mejor garantizar seguridad jurídica y ambiental a las comunidades? ¿Los inversores poseen privilegios que las comunidades no deben tener?
Que
Que la primera de ellas, denominada Zona 1, coincide con la región Puna y algunos sectores de
Que caracterizan esta zona: suelos, con claras limitaciones para su uso en agricultura; clima, extremadamente árido; cuencas hídricas, mayormente endorreicas y, relieve, constituido por mesetas de altura y prominentes cadenas orográficas;
Que esta área posee un enorme potencial, tanto en recursos metalíferos, no metalíferos como en minerales y rocas industriales;
Que las posibilidades de crecimiento económico de la región están vinculadas principalmente al desarrollo minero;
Observaciones:
· No consideran la aptitud para la cría de llamas, ovejas, caballos y vacas, actividad propia de zonas como Jasimaná por ejemplo, poblada por
· San antonio de los Cobres también tiene estas mismas actividades. Ademásm, aún cuando tiene el famoso Tren de las Nubes que llega hasta esa población, no se ha incentivado la actividad turística de la zona del mismo modo en que sí lo ha hecho la provincia con respecto a los Valles Calchaquíes entre Cafayate y Cachi. San Antonio de Los Cobres podría tener un desarrollo turístico ambientalmente sustentable con mayor inclusión social que lo que puede aportar la empresa minera hoy en día con el nivel de tecnificación con el que se desarrolla.
Que la segunda, denominada Zona 2, abarca parcialmente
Que las condiciones climáticas de esta zona varían de acuerdo con la altitud;
Que los suelos poseen menos limitaciones que
Observaciones:
· esto ¿significa que en la zona 1 no es necesario establecer pautas para un desarrollo armónico con las comunidades ???
· ¿no es esto una forma de discriminación hacia las comunidades de
Que la tercera zona, denominada Zona 3 corresponde a los valles intermontanos, zonas pedemontanas, quebradas y llanura. Su relieve es plano a ligeramente ondulado, los suelos presentan inmejorables condiciones para el desarrollo de la actividad agropecuaria, el clima varia de acuerdo a la altitud y distancia de los frentes montañosos. En esta zona se concentra la mayor parte de la población de
Observaciones:
· Se establece la necesidad de Licencia Social a través de Audiencias Públicas en la zona donde se concentra la mayor parte de la población de la provincia ... nuevamente se discrimina, ahora entre ciudadanos de primera, segunda y tercera categoría : mientras que en la zona 3 se acepta la necesidad de LICENCIA SOCIAL, ESTA PARECE NO SER IMPORTANTE EN LAS ZONAS 2 Y 1; EN
Zona 1
En la zona 1 las exigencias son las previstas en
Zona 2
En la zona 2 además de las exigencias previstas en
* Un relevamiento de las comunidades ubicadas dentro del proyecto y en la zona de influencia directa. Estos estudios deberán presentar una línea de base social específica vinculada al proyecto. Todo proyecto deberá ser consensuado con la comunidad y demás actividades productivas.
* Se deberán implementar planes de comunicación y vinculación social. Entre la empresa y el medio social debe haber una articulación. Resulta fundamental el marco perceptual de todo proyecto donde la opinión del común de la gente sobre el proyecto resulta de vital importancia como así también el trabajo que realice la empresa sobre ello.
* Se deberán realizar estudios de los recursos hídricos superficiales y subterráneos detallados. En esta zona están las nacientes de los tributarios de los ríos Bermejo y Juramento.
Observaciones:
· Nuevamente se implementan cuidados que no se toman en la zona 1. ¿No hacen falta estudios detallados sobre los recursos hídricos de la zona 1??? ¿No hicieron estudios detallados cuando se hablaba de “exportar agua a Chile” desde la zona 1???
· ¿No hace falta articular con las comunidades de
· ¿qué significa exactamente articular? Si la opinión “del común” es de vital importancia pero no así la “Licencia Social”, ¿a qué se refieren exactamente? ¿No será que pretenden implementar “planes de comunicación” para CONVENCER a la población, para que las comunidades CONFÍEN en estos proyectos sin garantías sobre los derechos de los ciudadanos amparados en
¿Debemos consensuar SEGURIDAD PARA LAS EMPRESAS Y PLANES DE COMUNICACIÓN PARA LAS COMUNIDADES?
* Se deberán realizar estudios de suelos, geomorfológicos, riesgos geológicos y de riesgos ambientales en su conjunto. Las zonas de montaña presentan fenómenos de procesos de remoción en masa, altas tasas de erosión hídrica, desertificación, etc.
Observación:
· Nuevamente, ¿no se deben realizar estudios de suelos, geomorfológicos, riesgos geológicos y de riesgos ambientales en su conjunto en la zona 1???
Zona 3
En la zona 3 además de cumplir con los requerimientos establecidos para las zonas 1 y 2 las concesiones de minerales de primera categoría están condicionadas a contar previamente con
Observaciones:
· EL SECRETARIO DE MINERÍA DE
· Por otra parte los sectores mineros suelen negar las leyes ambientales vigentes ya sean las leyes provinciales como la citada o
· PARECIERA QUE PARA EL SECRETARIO DE MINERÍA Y PARA EL MINISTRO DE DESARROLLO ECONÓMICO NO SOMOS TODOS IGUALES ANTE
Por todo lo expuesto solicitamos que el Concejo Deliberante de Cafayate intervenga en la defensa irrestricta de los derechos de los ciudadanos y la igualdad ante la ley. Así mismo solicitamos que este Concejo tome las medidas necesarias para exigir al Gobierno Provincial el respecto absoluto de
Exigimos así mismo el cumplimiento de la legislación vigente: Constitución Nacional Art. 41, 43, 75 Inc.17 y 22; Convenio Internacional de
Adjuntamos a la presente nota copia de la publicación del Boletín Oficial citado y del Ordenamiento Minero citado.
A la espera de una respuesta urgente como el caso requiere, saludamos a Uds. Muy atte.
Autoconvocados del Valle Calchaquí – Cafayate
Miembro de: Unión de los Pueblos de los Valles Calchaquíes
ASANOA-UAC
Nuestra Señora del Rosario 114
(cp 4427) - CAFAYATE – SALTA
Cel: 03868 – 156 38448 /156 38758 / 03868- 154 04099
autoconvocados_cafayate@hotmail.com
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